IGUALDAD DE GÉNERO

Todas las empresas están obligadas a ofrecer formación sobre igualdad. En España, la formación en igualdad de género y diversidad es obligatoria para muchas empresas, especialmente aquellas con más de 50 empleados, que están obligadas a contar con un Plan de Igualdad.

Este plan, según la Ley Orgánica 3/2007 debe incluir medidas concretas para garantizar la igualdad de oportunidades.

Entre las medidas más habituales se suelen establecer las formaciones para la sensibilización.

¿Qué personal debe recibir la formación en igualdad de género?.

Fundamentalmente las formaciones en igualdad en la empresa, van dirigidas a 4 sectores: toda la plantilla, profesionales del área de RRHH, personal de la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad de Oportunidades (PIO) e integrantes de la Comisión Instructora designada en el Protocolo de Acoso.

  • Las formaciones en igualdad para toda la plantilla, tienen como objetivo la sensibilización del equipo en materia de igualdad.
  • Las formaciones en igualdad para el área de RRHH, dotan al equipo de herramientas para atraer y visibilizar el talento femenino y abordar el proceso de selección desde la perspectiva de género.
  • La formación para la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad, aporta a sus integrantes todos los conocimientos necesarios para que puedan evaluar las fases del PIO de la compañía. La normativa establece que todas las personas que integran este órgano deben tener formación en igualdad.
  • La formación para la Comisión Instructora designada en el Protocolo de Acoso, da a sus participantes las herramientas suficientes para saber actuar ante situaciones de acoso.